Discriminación
¿Qué protecciones tengo contra la discriminación?
El arrendador no puede discriminar a un inquilino por motivos de…
- Raza
- Religión
- Origen étnico y nacionalidad
- Estatus migratorio
- Los arrendadores NO tienen permitido…
- finalizar el contrato o desahuciar a un inquilino basándose en su estatus migratorio
- solicitar el número de la Seguridad Social o pruebas del estatus migratorio para solicitar el ingreso a la vivienda
- revelar el estatus migratorio de un inquilino a terceros, a menos que tengan la obligación legal de hacerlo
- Los arrendadores SÍ tienen permitido…
- preguntar sobre el estatus migratorio de un inquilino ÚNICAMENTE si participan en programas gubernamentales específicos.
- solicitar al inquilino que complete un formulario IRS I-9.
- Si usted es inquiline y siente que su arrendador le está discriminando por su estatus migratorio, complete nuestra Carta de muestra sobre amenazas basadas en el estatus migratorio o ciudadanía y entréguesela a su arrendador.
- Los arrendadores NO tienen permitido…
- Sexo, orientación sexual e identidad de género
- Estado civil
- Fuente de ingresos o recibir asistencia pública
- Discapacidad física o mental
- Esto incluye deficiencias auditivas, visuales y crónicas, así como alcoholismo crónico o enfermedades mentales, SIDA o discapacidades mentales. Bajo estas protecciones contra la discriminación, los arrendadores deben proporcionar adaptaciones razonables.
- Estado familiar
- Edad
- Asociación con estos grupos
- (esto incluye si los arrendadores “perciben” que un inquilino pertenece a estos grupos, o si se “asocia” con personas de estos grupos)
Comportamientos comunes que pueden considerarse discriminación
- Preguntas inconsistentes o evaluación desigual de las solicitudes de alquiler
- Negarse a alquilar basándose en las características del inquilino enumeradas anteriormente
- Indicación de preferencia o trato desigual a los inquilinos
- Acoso
- Represalias
- Barreras de acceso
- No proporcionar una adaptación razonable para una discapacidad
- Denegar el alquiler a un inquilino basándose en amenazas percibidas y estereotipadas
Los arrendadores SOLO pueden excluir el alquiler a un inquilino basándose en…
- Mal historial crediticio
- Referencias crediticias que no se pueden verificar
- Historial de actividad del inquilino, como el impago del alquiler o el uso ilegal de la propiedad
- Familias que exceden la proporción de personas por espacio
¿De dónde provienen estas protecciones?
- La Ley Federal de Vivienda Justa de 1968, la Ley del Departamento de Empleo y Vivienda Justa (Código de Gobierno 1290) y la Ley Unruh (Código Civil 51 y 54)
¿Qué medidas puedo tomar como inquiline para poner fin a la discriminación contra mí o mis vecines?
- Envíe una carta de requerimiento a su arrendador para que cese el comportamiento discriminatorio o el acoso. Tenants Together ha creado una Carta de muestra sobre acoso para realizar estas solicitudes a su arrendador.
- Presentar una queja administrativa:
- A nivel estatal: ante el Departamento de Empleo y Vivienda Justa de California (DFEH)
- 800-884-1684 or www.dfeh.ca.gov
- Los inquilinos pueden presentar un formulario de queja en el plazo de 1 año tras el acto de discriminación
- 800-884-1684 or www.dfeh.ca.gov
- A nivel federal: ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU. (HUD) en relación con la discriminación por motivos de raza, religión, nacionalidad, sexo, estado familiar o discapacidad
- Vaya a www.hud.gov, diríjase a las áreas temáticas y busque discriminación en la vivienda
- 800-347-3739
- Los inquilinos pueden presentar un formulario de queja en el plazo de 1 año tras el acto de discriminación
- Los inquilinos pueden presentar un formulario de queja en el plazo de 1 año tras el acto de discriminación
- A nivel estatal: ante el Departamento de Empleo y Vivienda Justa de California (DFEH)
- Demandar al arrendador discriminador
- Revise la guía “Cómo demandar si un negocio o arrendador le discrimina por su discapacidad” creada por Disability Rights California
Adaptaciones razonables
¿Qué derechos tengo para solicitar adaptaciones razonables?
- Cualquier persona con una discapacidad puede presentar una solicitud a su arrendador para obtener una adaptación razonable para usar y disfrutar de su unidad de alquiler.
- Se considera discapacidad cualquier deficiencia o condición física o mental que limite una actividad vital importante.
- La discapacidad tampoco tiene por qué ser permanente.
- SIEMPRE está bien pedir adaptaciones
- Es ILEGAL que los arrendadores castiguen o desahucien a un inquilino por solicitar adaptaciones o modificaciones razonables. La discapacidad tampoco tiene por qué ser permanente. La única base por la cual los arrendadores pueden denegar rotundamente una solicitud es si esta afecta gravemente a la capacidad del arrendador para hacer negocios.
- Si siente que ha sufrido represalias por solicitar adaptaciones razonables, complete nuestra Carta de muestra sobre represalias con su situación y entréguesela a su arrendador lo antes posible.
- La única base por la cual los arrendadores pueden denegar rotundamente una solicitud es si esta afecta gravemente a la capacidad del arrendador para hacer negocios.
- Los inquilinos deben pagar las modificaciones físicas para la adaptación solicitada, a menos que, en casos específicos, el arrendador reciba algún tipo de asistencia financiera federal.
- Los arrendadores también pueden exigir que la unidad se devuelva a su estado original al finalizar el arrendamiento.
Proceso para solicitar una adaptación razonable
- Redacte una solicitud por escrito al arrendador.
- Dentro de esta solicitud, el inquilino debe proporcionar documentación de la discapacidad y de las necesidades relacionadas con la misma (como una carta de un médico o terapeuta).
- Sin embargo, un arrendador no puede pedir a un inquilino que demuestre su discapacidad ni insistir en cantidades irrazonables de pruebas.
- Tenants Together ha creado una Carta de muestra de solicitud de adaptaciones razonables que puede utilizarse para realizar estas solicitudes a un arrendador. Los inquilinos deben enviar las cartas al arrendador mediante correo certificado.
- El arrendador debe responder rápidamente para participar en un “proceso interactivo”. Si no responde, el inquilino puede presentar una queja ante el Departamento de Empleo y Vivienda Justa de California.
- El arrendador y el inquilino redactan y firman entonces una declaración formalizando la adaptación.
Modelos de cartas
Para hacer valer sus derechos ante el arrendador o el inquilino principal, adapte estas cartas a su situación:
Recursos
Obtenga más información sobre sus protecciones y consulte estos recursos adicionales:
Recursos externos
- Recurso sobre la Ley de Vivienda Justa
- Hoja informativa sobre la Ley de Vivienda Justa
- Discriminación en la vivienda por discapacidad
- Discriminación en la vivienda
- Discriminación por fuente de ingresos
- Antecedentes penales y vivienda justa
- Presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles
- Represalias por parte de su arrendador
- La ley de CA le protege de la violencia de odio – LGBTQ
- Hoja informativa sobre disputas entre vecines
- Acoso sexual y vivienda
- Protecciones contra la entrada del arrendador
- Presentar una queja contra un negocio